Esta línea se orienta a asistir el desenvolvimiento de proyectos sectoriales promovidos a través de Organizaciones Intermedias (Federaciones, Agencias de Desarrollo, etc.) que presenten un proyecto global para realizar inversiones individuales en empresas integradas a dicho proyecto marco.
Las presentaciones que realicen las organizaciones podrán adoptar la forma sectorial restringida (es decir, englobando a empresas de una misma fase de un encadenamiento productivo) o intersectorial (articulando a empresas de distintas fases de un mismo sector, pero que desenvuelven un proyecto de inversión integral y coherente).
El proyecto global definido y respaldado por la Organización Intermedia debe focalizarse sobre un eje específico. Por ejemplo: la introducción a nivel de cada empresa de una innovación disponible en el mercado, el desarrollo de un producto o proceso de apropiación colectiva o individual, etc.. . El conjunto de la iniciativa deberá impactar favorablemente en el desenvolvimiento económico del sector y en el desarrollo del territorio en el que se ejecuta.
Los beneficiarios de esta línea de financiamiento serán empresas micro, pequeñas y medianas bajo cualquier forma societaria o unipersonal, que presenten su proyecto de inversión individual.
El proyecto sectorial deberá incluir un mínimo cinco empresas
El destino de las inversiones podrá dirigirse a:
a) Adquisición de bienes de capital de origen nacional, nuevos o usados.
b) Adquisición de bienes de capital de origen extranjero, adquiridos en plaza ya nacionalizados, nuevos o usados.
c) Instalación y/o montaje y accesorios, requeridos para la puesta en marcha de los bienes de capital.
d) Otras inversiones en general (como ser construcciones, galpones, alambrados, mejoras, reproductores de cualquier especie, etc.).
e) Capital de trabajo incremental, derivado de la inversión que se realice (es decir, exclusivamente el necesario para la puesta en marcha o en operación de la inversión financiada).
No podrá financiarse a través de esta línea: compra de inmuebles, vehículos (salvo los destinados a dinamizar y/o aumentar la productividad en el objeto principal del proyecto) y honorarios profesionales (salvo en aquellos casos en que los servicios profesionales a financiar sean parte directa del desarrollo del proyecto).